Capacidad jurídica de la persona con discapacidad: evolución normativa y aplicación práctica

06/06/2025

En los últimos años, la legislación sobre la discapacidad ha experimentado una transformación profunda, tanto en su contenido como en su enfoque. Un ejemplo reciente de este cambio es el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y el principal partido de la oposición (PP) para modificar el artículo 49 de la Constitución Española. Este acuerdo tiene como objetivo sustituir el término «incapaz» por «persona con discapacidad», en línea con los valores actuales de respeto, dignidad e inclusión.

Este ajuste constitucional busca armonizar nuestro marco legal con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 y que entró en vigor en España el 3 de mayo de 2008. A pesar de que la reforma del texto constitucional aún no ha sido aprobada definitivamente, la legislación ordinaria ya ha ido avanzando de manera significativa en este sentido.

En Olmedo y Velasco Abogados, como especialistas en legislación sobre la discapacidad, consideramos esencial que las familias, tutores y personas afectadas estén debidamente informadas sobre estos cambios, ya que impactan directamente en la vida jurídica y personal de las personas con discapacidad.

La Ley 8/2021: un antes y un después

Uno de los mayores avances normativos en esta materia fue la aprobación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, que entró en vigor el 3 de septiembre del mismo año. Esta ley reformó de manera integral varias disposiciones del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con el objetivo de garantizar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones con las demás personas.

La Ley 8/2021 introduce importantes modificaciones en los siguientes títulos del Libro Primero del Código Civil:

  • Título IX: De la tutela y de la guarda de los menores
  • Título X: De la mayoría de edad y de la emancipación
  • Título XI: De las medidas de apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica

El enfoque tradicional del derecho civil español distinguía entre capacidad jurídica (la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones) y capacidad de obrar (la posibilidad de ejercer esos derechos por uno mismo). Con la nueva normativa, esta distinción se diluye: ahora se entiende que toda persona tiene capacidad jurídica desde el nacimiento y con independencia de su discapacidad física, psíquica o sensorial.

¿Qué implica esta transformación?

La capacidad jurídica de la persona con discapacidad ya no se limita ni se sustituye. Se respeta su derecho a decidir por sí misma, aunque para ello pueda requerir medidas de apoyo adecuadas, ajustadas a sus necesidades y circunstancias particulares. Esto implica un cambio radical en el paradigma jurídico, pasando de un modelo de sustitución en la toma de decisiones a uno basado en el apoyo y el respeto a la voluntad y preferencias de la persona.

Entre las principales consecuencias de esta reforma, destacan:

  • Eliminación de la tutela en mayores de edad.
  • Supresión de la patria potestad prorrogada y rehabilitada.
  • Derogación de la figura del pródigo como institución autónoma.
  • Regulación de las medidas de apoyo (formales e informales).

Medidas de apoyo: una solución individualizada

Las medidas de apoyo se convierten en el pilar fundamental de la nueva regulación. Estas pueden ser de diversa naturaleza:

  • Informales, prestadas por familiares o personas del entorno más cercano sin necesidad de autorización judicial.
  • Formales, establecidas judicialmente cuando sea necesario proteger derechos concretos. Estas pueden incluir desde la curatela (figura que sustituye parcialmente a la antigua tutela) hasta la designación de un defensor judicial en situaciones específicas.

El juzgado ya no declara incapaz a la persona ni priva de sus derechos civiles. En su lugar, evalúa qué tipo de apoyo necesita para ejercer su capacidad jurídica y determina su alcance, duración y supervisión.

Un cambio con impacto social y jurídico

En Olmedo y Velasco Abogados, sabemos que este cambio no es solo técnico o normativo: es profundamente social y humano. Reconocer la capacidad jurídica de la persona con discapacidad significa reconocer su dignidad, autonomía y derecho a participar en igualdad de condiciones en la vida civil y familiar.

Este nuevo marco tiene implicaciones prácticas en numerosos ámbitos, como:

  • La firma de contratos o escrituras.
  • La gestión del patrimonio.
  • Las decisiones médicas.
  • El acceso al empleo, la educación y la justicia.

Por eso, muchas familias que hasta ahora habían recurrido a la tutela o incapacitación legal, ahora deben iniciar procesos de revisión de las medidas aplicadas para adaptarlas a la nueva legislación. Este proceso de revisión debe completarse en un plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de la ley, es decir, antes del 3 de septiembre de 2024.

Asesoramiento jurídico especializado

En un contexto legal tan sensible y técnico como el que regula la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, es indispensable contar con asesoramiento especializado. En Olmedo y Velasco Abogados, disponemos de un equipo experto en legislación sobre la discapacidad, que te ayudará a:

  • Revisar o actualizar las medidas judiciales ya vigentes.
  • Solicitar nuevas medidas de apoyo adaptadas a la situación real de la persona.
  • Tramitar escrituras o actos jurídicos conforme a la nueva normativa.
  • Defender los derechos e intereses de las personas con discapacidad con rigor y humanidad.

Conclusión

La capacidad jurídica es un derecho inherente a toda persona y no puede limitarse por razón de discapacidad. La legislación española, gracias a la Ley 8/2021, ha dado un paso decisivo hacia la igualdad efectiva, aunque aún quedan retos por afrontar en su aplicación práctica.  

¿Tienes dudas sobre cómo aplicar esta normativa en tu caso o en el de un familiar? En Olmedo y Velasco Abogados estamos a tu disposición para ofrecerte un asesoramiento claro, personalizado y acorde a la ley. Contáctanos y protege los derechos de las personas con discapacidad con todas las garantías.

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